Requisitos para la responsabilidad de proteger


Me he referido en tres entradas («¿Es un crimen contra la humanidad la inacción de la junta birmana?», «China puede abrir Birmania», «La responsabilidad de proteger Birmania»). En ellas he revisado el principio y he llegado a la conclusión -matizada- de que no es aplicable al caso de Birmania.

Timothy Garton-Ash se plantea la misma cuestión (¿Cómo proteger a los birmanos?) en su colaboración en El País Semanal del domingo. Garton-Ash llega a la misma conclusión, aunque parte de que la inacción ante el desastre natural es causa suficiente para desencadenar una intervención (que no invasión). Desgrana los requisitos que exige la aplicación del principio: Causa Justa, Intención Acertada, Último Recurso, Medios Proporcionales, Perspectivas Razonables y Autoridad Apropiada. El analista considera que se da esa causa justa, puede existir una intención acertada y realizarse con medios proporcionales. Pero duda que pueda existir una autoridad apropiada sin una resolución -imposible-del Consejo de Seguridad. No existe una perspectiva razonable de llevar a cabo esa protección y existen otros medios diplomáticos -la presión de la ONU y de China- para proteger a la población. Por cierto que esas presiones -y quizá la apertura de China ante el terremoto- están propiciando una mayor presencia de la ayuda internacional en Birmania, pero que sigue siendo a todas luces insuficiente.

Estoy de acuerdo con Garton-Ash y sigo aprendiendo sobre un principio que, junto al de justicia universal, suponen importantes instrumentos de globalización de los derechos humanos.

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¿Es un crimen contra la humanidad la inacción de la Junta birmana?


Así lo sostiene Gareth Evans, uno de los padres de la responsabilidad de proteger, en la edición de hoy de The Guardian.

Vengo ocupándome de la posibilidad de aplicar la cláusula de la responsabilidad de proteger en dos comentarios, «China puede abrir Birmania» y «La responsabilidad de proteger Birmania» que, por cierto, apenas han tenido lectores, supongo que por colocar los buscadores muy abajo a este blog en un tema de tanta actualidad como la situación de Birmania. En esencia, he sostenido -creo que con muchas especialistas- que esta posibilidad de intervención internacional no procede en los casos de desastres y crisis humanitarias.

Evans aporta hoy una nueva visión. Reconociendo que en la resolución final de la Cumbre Mundial de 2005 no se contempla esta posibilidad aboga por una interpretación amplia. Si el principio trata de proteger a las poblaciones contra los crímenes contra la humanidad ejecutados o consentidos por sus gobiernos ¿no puede considerarse un crimen contra la humanidad dejar morir sin auxilio apropiado a cientos de miles de personas? El ex ministro de exteriores canadiense alega en apoyo de su tesis en que el concepto de crímenes contra la humanidad -tal como se establece por el Derecho Internacional por ejemplo en el Estatuto del Tribunal Penal Internacional- no sólo engloba las matanzas, torturas o represión sistemática, sino también «cualquiera otros actos inhumanos de similares características que puedan intencionalmente causar gran sufrimiento, heridas físicas o graves daños a la salud mental».

Pues me ha convencido. Si la Junta persistiera en su negativa a recibir el auxilio material y técnico del exterior podría considerarse que está cometiendo un crimen contra la humanidad que merece una intervención internacional (por ejemplo, lanzamiento de ayuda desde el aire sin el consentimiento del gobierno) justificada en esa «responsabilidad de proteger». Pero subsiste el problema de que es necesaria una resolución del Consejo de Seguridad de la ONU. Con cuentagotas, pero los militares empiezan a dejar entrar a trabajadores humanitarios extranjeros. Vuelvo a insistir que quien tiene la llave para que la ayuda llegue es China y en menor medida India y Tailandia.

En fin, es una polémica que parece que sostengo solo conmigo mismo…

China puede abrir Birmania


Hace dos días me pronunciaba contra la aplicación de la claúsula de la «responsabilidad de proteger» a Birmania. Veo en BBC que Ed Luck, asesor de Ban Ki-moon, es de la misma opinión-más autorizada, claro. Es evidente que no estamos ante un genocidio, crímenes contra la humanidad o crímenes de guerra. Pero la desidia de la Junta militar es completamente criminal. ¡Ni siquiera el secretario general de la ONU ha logrado hablar con el jefe de la Junta!. Los militares siguen enfrascados en su referendum (que presentan como un paso imprescindible para unas elecciones democráticas en 2010), mientras impiden la llegada de ayuda y los cadáveres se pudren bajo las aguas.

Aun en el supuesto de que la doctrina de la «responsabilidad de proteger» fuera aplicable al caso, China y Rusia vetarían una resolución en el Consejo de Seguridad. Y ahí está la clave, en que los países que sostienen a la Junta, esencialmente China, pero también Tailandia, presionen de modo inmediato a los militares y les convenzan de que su supervivencia depende de que abran el país a la ayuda exterior.

El tiempo pasa y cada día más vidas están en riesgo. La información pierde protagonismo en los medios occidentales y los donantes, los ciudadanos de a pie, enterados de boicot del gobierno birmano pueden sentir la tentación de inhibirse y no hacer contribuciones para paliar la catástrofe.

La responsabilidad de proteger Birmania


Bernard Kourchner ha invocado el principio de la responsabilidad que todo gobierno tiene de proteger a su población para obligar a la Junta Militar birmana a que abra las puertas de su arrasado país a la ayuda humanitaria.

Myanmar, Birmania, ha sufrido la mayor catástrofe desde el tsunami de 2004 en el Índico. Sus gobernantes no fueron capaces de prevenir a la población del peligro del tifón , peso a ser advertidos por los servicios meteorológicos de la India. Y, ahora, ponen todo tipo de trabas a la ayuda internacional en un país destrozado con 22.000 muertos, que pueden llegar a 100.000. Miedo a abrir el país a los extranjeros, incompetencia… todo se une en una desidia criminal.

El secretario general de la ONU, Ban Ki-moon ha pedido a los militares que abran el país a la ayuda extranjera. Los suministros comienzan a llegar, pero los extranjeros esperan en Tailandia las visas para entrar.

En esta situación Kourchner invoca «el derecho a proteger» y sugiere que el Consejo de Seguridad lo concrete en una resolución. No parece que su sugerencia vaya a tener mucha acogida.

¿Qué es la «responsabilidad de proteger»?

La «responsabilidad de proteger» -en inglés «responsability to protect» (R2P)- no es otra cosa que la concreción atemperada del «derecho de injerencia humanitaria», que muchos defendieron a la vista de los genocidios de los 90 en Rwanda y Bosnia y que, implícitamente, sirvió para justificar la intervención en Kosovo sin resolución de la ONU. No es extraño que sea Kourchner quien invoque ahora la «responsabilidad de proteger», porque él, fundador de Médicos Sin Fronteras, fue uno de los grandes defensores de ese derecho de injerencia humanitaria, crticado por otros como una nueva forma de colonialismo, una herramienta en manos de las grandes potencias para mancillar la soberanía de los débiles.

Después de Kosovo, en 2001, el gobierno canadiense estableció una comisión de la que surgió la idea. Y lo hizo dándole la vuelta al derecho de injerencia humanitaria. Si el derecho internacional y la Carta de Naciones Unidas establecen el respeto a la soberanía nacional y el derecho a la no injerencia en las cuestiones internas, esa soberanía se justifica porque los estados deben ser capaces de proteger a sus propios ciudadanos de las atrocidades, de los crímenes de guerra, de los crímenes contra la humanidad, del genocidio. Si el estado incumple esa obligación primaria básica corresponde a la entera comunidad internacional proveer de esa protección a la población en peligro y poner término, incluso con medios militares, a esos crímenes. No se trata de «intervenir», sino de «proteger». La Cumbre Mundial de la ONU de 2005 aceptó el principio -una cumbre que seguí como enviado especial y que tuvo como elemento estrella a esta «responsabilidad de proteger». El Consejo de Seguridad también lo ha apoyado, pero hasta ahora no lo ha aplicado en ningún caso.

La responsabilidad de proteger no es aplicable en el caso de catástrofes naturales

Puede verse sobre este principio el dosier especial del International Crisis Group. Lo que está claro es que el supuesto que puede desencadenar su aplicación es que una población se encuentre en grave peligro como consecuencia de una situación de guerra interna, insurgencia, represión, que el estado no quiere o no puede confrontar, bien porque sea el responsable directo o indirecto de los crímenes, bien porque sus estructuras se hallan disuelto en una situación de caos. Nada que ver con situaciones de crisis provocadas por una catástrofe natural.

Hace pocos meses se sugirió la aplicación de este principio también en Birmania, pero, en una situación muy distinta, a raíz de la represión desatada por la dictadura militar contra las protestas populares encabezadas por los monjes budistas, la «revolución azafrán» -¡cuánto nos gustan a los periodistas las revoluciones de colores!.

Fue Gareth Evans, presidente de International Crisis Group, ex ministro canadiense de exteriores y padre del principio, el que defendió muy fundadamente su aplicación en una conferencia. Evans arrancaba con la cita de un profesor chino que declaraba que si China tuvo su Tiananmen, los militares birmanos, en ejercicio de su soberanía estaban en el derecho de reprimir a sus opositores… Evans demostraba a continuación cómo justamente la soberania no podía interpretarse como un derecho absoluto de un estado sobre súbditos.

Ahora, los delegados de la ONU realizan una labor diplomática para levantar los obstáculos para la llegada de la ayuda. No es el método más rápido, pero ¿sería más rápido que el Consejo de Seguridad adoptara una resolución aplicando el principio? Porque lo que está claro es que no se trata, cómo ha llegado a sugerir el mercurial Kourchner, de que la marina o la aviación de Francia o el Reino Unido entren en el país por su cuenta.

Puede que el tifón sea el último empujón que haga caer a la odiosa junta, pero conviene dejar a la ayuda fuera de los objetivos políticos. O ¿habría que haber aplicado la responsabilidad de proteger a Estados Unidos durante el Katrina?

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