Violación de los derechos de migrantes irregulares en la UE


Las vallas del centro de identificación de migrantes construido por Italia en Shengjin, en el norte de Albania. Alket. Tomada de The Guardian

Hoy, 12 de junio de 2026 entra en vigor el Reglamento 2024/1349 (texto). Es una fecha triste en la que la UE adopta una normativa ignominiosa, que viola los derechos humanos de los solicitantes de asilo y el espíritu y valores de la Unión y los convenios europeos de derechos humanos y los tratados internacionales sobre el derecho de asilo.

El Reglamento va mucho más allá de endurecer la regulación de la inmigración. En lugar de facilitar la solicitud de asilo fuera del territorio de la Unión, por ejemplo en las sedes consulares de los 27 o en las oficinas del servicio exterior de la Unión (que por cierto, algunos rumores indican que las fuerzas de derecha y extrema derecha que controlan el Parlamento les gustaría desguazar). Por el contrario la denegación del asilo en el territorio de uno de los miembros puede dar lugar a internamientos en instituciones de ese estado por un plazo de hasta 30 meses. El Reglamento permite separar a familias, nada muy distinto a lo que hace Trump.

Lo más grave es que ese internamiento también puede «externalizarse» trasladando al solicitante hasta su expulsión a su país a un tercer estado, con el no tiene porque tener vínculo alguno y puede estar a miles de kilómetros del propio. Se establece de que los países receptores tienen que respetar los derechos humanos, pero la colaboración con países como Túnez o Libia es más que preocupante. En el caso de cooperación con Turquía durante la ola de huída de la guerra de Siria era distinto porque las aportaciones de la UE iban dirigidas a proyectos finalistas de organizaciones de la sociedad civil que atendían a los migrantes.

Los tribunales italianos han paralizado varias veces el intento de Meloni de enviar a las instalaciones constriudas en Albania a solicitantes de asilo a cambio del pago de una cantidad al gobierno de Ali Rama (por cierto, ahora cuestionado por la «revolución de los flamencos» por vender una isla protegida a la hija y el yerno de Trump).

Si el difícil devolver a su país a una persona que ha visto rechazada su solicitud de asilo, no va ser más fácil hacerlo desde un país intermedio: a la larga será más caro, pero los gobiernos antiinmigración hará desaparecer a las personas de otro color de sus calles a costa de los derechos de los solicitantes de asilo o protección que, además, llevan sobre sus espaldas terribles historias de persecución.

En una lectura apresurada del Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950 (texto) el Reglamento entra en conflicto con el art. 5 del Convenio, que en su art 5 prohibe que nadie pueda ser sometido a detención arbitraria.

Los Reglamentos, una vez que entra en vigor, son vinculantes para los 27. Esto quiere decir que si un estado aplica estas medidas no viola el derecho de la Unión. Pero ninguno de los estados está obligado a adoptar estas medidas represivas.

Desde la huída de cientos de miles de personas a Italia cuando Albania colapsó y luego en 2010 cuando llegó la ola de solicitantes de asilo de Siria y Afganistán Europa ha temido la llegada de solicitantes de asilo que hay que distinguir de los inmigrantes económicos. La primera en proponer la expulsión a terceros países no fue Meloni, sino la socialdemócrata danesa Frederiksen. En cambio Merkel logró integrar masivamente a los llegados, sin prejuicio de incidentes aislados (generalmente personas con enfermedades mentales).

El caso es que el marco mental del miedo a refugiado y al inmigrante se ha impuesto, con la aquiesciencia de la derecha y explotación de la extrema derecha a través de la agitación en las redes sociales. Estos días estamos viendo en Belfast la cacería del que no sea blanco.

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