Naufraga el concurso público de RTVE, un fracaso para la regeneración democrática


Las peores previsiones se cumplen: PSOE y PP han llegado a un acuerdo para desnaturalizar el concurso público a la cúpula RTVE.

Finalmente, los partidos mayoritarios han decidido que los grupos parlamentarios propongan a sus candidatos para la designación parlamentaria (previa audiencia) entre los 95 presentados, sin ajustarse al informe de idoneidad emitido por el Comité de Expertos, lo que supone, en la práctica volver al sistema de cuotas.

Esta salida del limbo en que se encontraba el concurso frustra el único experimento para garantizar la independencia de las instituciones constitucionales y autoridades independientes, mediante la introducción de los principios de mérito y capacidad en sistemas de designación y legitimación parlamentaria. Paradójicamente, parece que el precio para rebajar la tensión política es sacrificar la independencia de estas instituciones.

El pretexto para dinamitar el concurso ha sido que el informe de idoneidad no respeta el principio de paridad de género, argumento que analizaré más adelante. La realidad es que los dos grandes partidos nunca han estado cómodos con este procedimiento que limitaba su control sobre los consejeros de RTVE.

Defiendo que el Presidente de RTVE deje de ser su máximo ejecutivo, para ser simple presidente rotatorio de un Consejo de Administración, que contrate por concurso público a un director general, máximo ejecutivo dependiente del Consejo.

También me he referido en otras ocasiones a las deficiencias de diseño de este proceso: oscuridad de las normas; control de proceso por parte de comisiones parlamentarias; valoración de méritos sesgados por la norma en favor de antiguos directivos de RTVE, sobre todo de sus servicios informativos; baremos hechos públicos después de presentados los candidatos… Y si repaso la lista de los 20 considerados idóneos por los expertos encuentro bastantes buenos candidatos a consejeros, muchos menos con experiencia de gestión para la presidencia y unos cuantos bastantes malos, por su trayectoria (no evaluada) de sectarismo y vínculos con las productoras que han parasitado RTVE.

Pues, bien, a pesar de todas estas objeciones creo que el concurso público habría de haberse concluido respetando la selección de los expertos. Otra cosa supone volver a lo de siempre, el enfeudamiento por los mismos partidos que han destruido a lo largo de 40 años la influencia y credibilidad de RTVE.

Pese a que poco parece que se puede hacer ya por sanar este proceso, vale la pena reflexionar sobre algunas cuestiones claves por si en un futuro fuera posible aplicar las lecciones aprendidas a otras instancias.

Idoneidad, evaluación y propuestas partidistas

En los procedimientos de designación parlamentaria de los miembros de las instituciones constitucionales la propuesta de los candidatos parte de los grupos parlamentarios. Resulta, pues, ineludible que los propuestos sean percibidos como vinculados a los grupos proponentes, de modo que profesionales de dilatadas y prestigiosas carreras terminan desacreditados con un sambenito partidista. Por supuesto, los partidos tienen el control del proceso de nombramientos, pero a costa de vampirizar a los candidatos y desacreditar a las instituciones.

En este novedoso proceso de RTVE, los candidatos se han presentado ellos mismos y su idoneidad ha sido evaluada por el Comité de Expertos (por cierto, también elegido por los grupos parlamentarios según su representación) de acuerdo con los criterios establecidos por la Resolución de las Mesas del Congreso y Senado, de 10 de julio de 2018, que es la norma reglamentaria que ha regido el proceso.

El mandato del Comité fue emitir un informe de evaluación de la idoneidad de los candidatos, previa elaboración de un baremo que puntuara los méritos recogidos en el Reglamento. En aplicación de la autonomía que el reglamento (norma segunda) reconoce al Comité, los expertos decidieron que sería idóneos los 20 candidatos que obtuvieran la mejor puntuación y siempre superior a 66 puntos sobre 100. De esta manera, las cámaras podrían designar 10 candidatos entre los 20 declarados idóneos.

En la presente legislatura la Comisión Mixta de Control de RTVE recibe el procedimiento y los recursos pendientes de los candidatos contra el informe de evaluación y solicita asesoramiento a los letrados del Senado de como proceder.

El informe del letrado viene a poner en cuestión todo el proceso. Objeta que no se cumple una representación equilibrada entre hombres y mujeres y -un argumento que ha recibido menos atención, pero que es capital- que el Comité no estaba habilitado para proceder a esa selección de candidatos idóneos y que su función era solo hacer un informe de evaluación no vinculante. Arguye que «constriñe el ámbito de la decisión política de las Cámaras a la hora de elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Corporación RTVE». En resumen, niega cualquier valor vinculante al informe de idoneidad.

Cualquier función pública tiene que ejercerse en el marco de una autorización habilitante, pero entiendo que el reglamento parlamentario otorga a los expertos no solo el mandato de evaluar los méritos, sino hacerlo para establecer su idoneidad: «el Comité de Expertos emitirá el informe de evaluación de la idoneidad de los solicitantes» (norma tercera del reglamento, la cursiva es mía).

La Comisión de Control ha decidido que los grupos parlamentarios podrán proponer candidatos entre los 95 presentados, lo que deja sin efecto jurídico el informe de evaluación de la idoneidad. Se vuelve al sistema tradicional, de modo que, por mucho que los candidatos hayan tomado la iniciativa de participar en la convocatoria, van a ser propuestos por los grupos parlamentarios, y, serán, por tanto, los candidatos del PP, del PSOE, de Podemos o de cualquier otro grupo.

Supongo que en estos días está en marcha el usual pasteleo: nosotros te proponemos como consejero, pero tendrás que jugar en el equipo del que hemos decidido que sea presidente. Al menos, si no por ética, por lo menos por estética, los candidatos propuestos por los grupos parlamentarios debieran de estar entre los 20 mejor puntuados.

Paridad, mérito y capacidad

La segunda objeción del letrado del Senado y la que preferentemente han alegado los partidos para neutralizar el informe de idoneidad, es que no cumple la representación equilibrada entre hombres y mujeres, como exige en su actual redacción el apartado 1 del art. 10 de la Ley 17/2006 y precisa el reglamento del concurso (norma novena).

Se plantea un interesante conflicto entre el principio de paridad y los de mérito y capacidad, que rigen el acceso a la función pública, art. 103.3 CE a la función pública.

De 95 candidatos, 22 eran mujeres, de modo que ya de partida resultaba complicado garantizar la paridad o representación equilibrada. La valoración de los méritos se hizo con criterios rigurosos de puntuación, igual para todos y los expertos evaluaron el proyecto de gestión (el rubro con más puntuación del baremo) de forma anónima. Y salió lo que salió, 4 mujeres y 16 hombres, que la dolorosa pérdida de Alicia Gómez Montano (con la puntuación más alta), redujo a 3 mujeres.

En un proceso de selección política se pueden establecer mecanismos de equilibrio, como hacen nuestras leyes electorales (listas cremallera) y ha ratificado la jurisprudencia constitucional.

En los procesos de selección por mérito y capacidad también pueden establecerse acciones positivas, que sean, como establece el art. 11 de la Ley de Igualdad, razonables y proporcionadas. Pero esta acción positiva tiene que establecerse por ley y, además, no debe desnaturalizar la propia evaluación de mérito y capacidad. Por ejemplo, hay pendiente un recurso en el Supremo sobre la dotación de plazas de consolidación de empleo en una universidad pública, en el que se da prioridad a las plazas ocupadas por mujeres en los departamentos con menor presencia femenina, pero sin que, una vez sacada la plaza a concurso tengan mejor trato los hombres que las mujeres.

Podría haberse establecido una acción positiva, pero no se hizo. Por ejemplo, crear dos listas, una de hombres y mujeres, evaluarlas separadamente y proponer como idóneos a los 10 primeros hombres y las 10 primeras mujeres. Y si la ley no establecía una acción compensadora el Comité de Expertos no podía hacerlo.

Fuentes

Otras entradas en el blog

Anuncio publicitario

3 respuestas to “Naufraga el concurso público de RTVE, un fracaso para la regeneración democrática”

  1. Manuel Corral Says:

    Gracias, una vez más, por tus equilibrados y certeros análisis.
    Solo queda seguir llorando sobre el mismo destrozo de servicio público tan esencial que llevan perpetrando desde hace más de 40 años los dos grandes partidos estatales, a la vez que han buscado múltiples ventajas accidentales, que no solo han sido en forma de influencia política.

  2. Jose Manuel Camara Saez Says:

    Comisión de la Verdad, bloqueo de la renovación del Consejo de RTVE, limitaciones a los periodistas con la excusa del contagio… SÁNCHEZ, CASADO E IGLESIAS, NEGACIONISTAS DEL DERECHO A INFORMAR: https://5noviembre.blogspot.com/2020/11/sanchez-casado-e-iglesias-negacionistas.html


Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: