Escucho a los tertulianos en la radio. ¡Qué barbaridad admitir a trámite una querella contra autoridades chinas un día antes de la llegada de los Principes a Pekín! Reacciones hipócritas ante el auto del juez Pedraz que admite a trámite la querella de dos asociaciones pro Tibet y un particular contra 7 altas autoridadades civiles y militares chinas, acusadas del delito de lesa humanidad, por la represión en el Tibet del pasado marzo. Ya sabemos que China no es una democracia -nos dicen- e incluso está muy bien meterse con ella, pero de eso a esa «provocación judicial» tres días antes de la apertura de la Juegos hay un gran trecho… En fin, opiniones que no son más que la manifestación de la tradicional pleitesía al poderoso.
Nuestro ordenamiento jurídico considera perseguibles los delitos de genocidio, crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y terrorismo, con independencia del lugar donde se cometan. Esta consagración del principio de Justicia Universal permitió abrir causas como la de Scilingo y Pinochet. Pero ante la querella de Rigoberta Menchú por el genocidio contra los mayas en Guatemala, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo establecieron la doctrina limitativa de que sólo podían ejercerse estas acciones contra hechos acaecidos en el extranjero si había españoles entra las víctimas. El Tribunal Constitucional rectificó esta interpretación, lo que permite a los jueces españoles perseguir estos delitos, aunque no existan compatriotas contra las víctimas. Desde entronces han aumentado las querellas y se han admitido, entre otras, las que denuncian genocidio del gobierno tutsi de Ruanda contra los hutus o de Marruecos contra los saharauís.
Que las querellas además de buscar la justicia busquen un efecto político es lógico e inevitable. Los jueces no pueden retrasar su admisión por razones de oportunidad. Pero ahí deben de estar los medios de comunicación para esclarecer las circunstancias de los hechos que se denuncian. Creo que, por ejemplo, esa función no se cumplió cuando al informar de la querella admitida contra el presidente de Ruanda y otros cargos de su régimen, no se recordó el genocidio cometido por las milicias hutus en las que perecieron 800.000 personas.
El caso de Ruanda es aleccionador. El genocidio de 1994 dio lugar a la creación de un tribunal penal internacional específico, con sede en Arusha (Tanzania). Con lentitud, el tribunal sentenció a algunos de los máximos responsables de los crímenes. Mientras, en Ruanda centenares de miles de acusados esperaban juicio en las cárceles. Como en la orgía criminal había participado, de grado u obligados, buena parte de la población, unos juicios con verdaderas garantías eran imposibles. Algunos fueron juzgados por tribunales tradicionales, pero muchos volvieron a sus aldeas a convivir con los supervivientes. En paralelo, en Bélgica, otro de los países que reconocían el principio de Justicia Universal, se juzgaba a algunos destacados responsables, entre ellos, algún sacerdote. La querella de España se refiere, en cambio, a los crímenes cometidos por la guerrilla tutsi durante 1994 y, posteriormente, en sus ataques contra los campos de refugiados hutus en el Congo y en relación a los cuales se les acusa en la querella del asesinato de religiosos españoles. Pero no son los únicos frentes judiciales. Un juez francés acusó a Kagame como responsable del derribo del avión en el que viajaban los presidentes (hutus) de Ruanda y Burundi, y que fue la señal para el comienzo de la matanza contra los tutsis. Y el gobierno ruandés respondió con la creación de una comisión de investigación sobre la Operación Turquesa, una acción militar francesa que protegió la retira de las milicias hutus que se llevaban consigo a todo un pueblo como rehén. Y de ahí ha salido una acusación formal contra 33 autoridades francesas, empezando por Chirac y siguiendo por Balladur y Villepin. El conflicto diplomático está servido.
Para que un tribunal español se declare competente tiene que probarse que se han agotado los procedimientos en el país de los hechos o que las circunstancias allí -como es el caso de China- hacen imposible cualquier acción jurídica. Pero a partir de ahí, como en cualquier procedimiento judicial, hay que probar los hechos. La capacidad de investigación de los fiscales de la Audiencia Nacional es muy limitada o nula si no se cuenta con la colaboración del otro país. España dio un gran paso reconociendo el principio de Justicia Universal, pero sin un refuerzo de medios (por ejemplo, creando una Sala especial) la Audiencia corre el riego de verse saturada con querellas que más que justicia obtendán réditos políticos. ¿No podría buscarse un procedimiento para inhibirse en favor del Tribunal Penal Internacional por aquellos hechos que entren dentro de la jurisdicción de éste?.
Lo que tiene que entender China (o Marruecos) es que los tribunales en un Estado de Derecho son independientes y que no cabe la represalia diplomática ante sus decisiones.
(P.S Recomiendo pinchar estos días en el mapa de la columna de la izquierda de este blog que nos muestra la localización de las noticias. Hay ya más del 30% tienen su origen en Pekín)

