TDT: un plan técnico continuista


(Este texto ha sido originariamente publicado en Teledetodos el 15 de julio de 2019)

Otra vez el baile de canales en aras del llamado segundo dividendo digital. Más espectro radioeléctrico, más dominio público, para los servicios avanzados de telecomunicaciones (5G), menos para la televisión. Más servicios avanzados de pago con grandes promesas (Internet de las cosas), los mismos servicios de televisión abierta recolocados en un ancho de banda menor.

Antes del 30 de junio de 2020 tiene que producirse un reacomodo en el espectro radioeléctrico de los canales públicos y privados que emiten por la TDT, lo que supondrá para los consumidores volver a reprogramas las antenas de los edificios comunitarios y resintonizar los televisores. El proceso se ha puesto en marcha con la publicación en el BOE del 25 de junio del Real Decreto 391/2019, por el que se aprueba el nuevo Plan Técnico de la Televisión Terrestre, que sustituye al de 2014.

El Real Decreto fue sometido al trámite de audiencia e información pública, en el que Teledetodos presentó sus aportaciones, a las que luego nos referiremos.

El segundo dividendo digital

El espectro radioeléctrico es un dominio público natural sobre el que se desarrollan las radiocomunicaciones, una gran diversidad de servicios, que, dado que las ondas radioeléctricas no conocen fronteras, requieren una administración internacional, llevada a cabo por las conferencias mundiales de radiocomunicaciones en el marco de la Unión Internacional de Telecomunicaciones. Las conferencias deciden la asignación de frecuencias a los distintos servicios (militares, de emergencias, de comunicaciones aéreas y marítimas, radiodifusión, telefonía etc.), reparten las frecuencias por continentes y asignan a los países los canales correspondientes para cada uno de los servicios.

En este marco intergubernamental, en el que las compañías de telecomunicaciones tienen enorme influencia, ha ido asentándose el consenso de atribuir más espectro, más dominio público, al desarrollo de los servicios avanzados de banda ancha inalámbrica en detrimento de los servicios broadcast (difusión masiva de programas de radio y televisión directamente por las ondas), sobre la premisa de que una administración más eficiente del espectro y avances en las normas técnicas de emisión permitirán mantener los mismos servicios de radio y televisión, incluso con mayor calidad. Más con menos, o, por mejor decir, mismos servicios con mejor calidad en menor ancho de banda.

Así, la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 (CMR-15) asignó a los servicios de telefonía 5G en la Región 1 de la UIT (en la que está España) la banda de 700 Mz (694-790 Mz), hasta ahora dedicada a servicios de radio y televisión. Por su parte, la Unión Europea en la Decisión (UE) 2017/899 del Parlamento y el Consejo, de 17 de mayo de 2017 (pdf) regula las directrices para el uso coordinado de esta banda y establece la fecha límite del 30 de junio de 2020 para que los servicios de la televisión digital terrestre desocupen la banda de 700 Mz.

El contenido del Plan Técnico

El Plan Técnico Nacional hace efectivo en España el marco internacional al que estamos sujetos (CMR-17, Decisión (UE) 2017/899). Se trata de acomodar los operadores existentes, públicos y privados, en la banda de frecuencias de 470-690 Hz (canales radioeléctricos 21 a 48), lo que supone que una tercera parte de los canales de televisión cambiarán de canal radioeléctrico.

Se mantienen 8 múltiples digitales, cada uno con capacidad para cuatro canales radioeléctricos. RGE1 (con la posibilidad de realizar desconexiones territoriales) y las ¾ partes de RGE2 para RTVE, en total siete canales radioeléctricos (actualmente 6). Otros cinco múltiples (MPE1, 2, 3, 4 y 5) y un ¼ de del RGE2 para los canales privados.

Como hasta ahora corresponden a Atresmedia seis canales y siete a Mediaset, dos a Veo TV y Net Tv y uno a Trece Tv, Real Madrid, Ten Tv y Radio Blanca (en este último caso, 1/4 del RG2 que comparte con RTVE). A las comunidades autónomas se les otorga el múltiple MAUT. Y se mantienen los múltiples locales e insulares del anterior plan.

Durante el periodo de transición los operadores que deban cambiar de múltiple y canal radioeléctrico podrán emitir simultáneamente por el antiguo y el nuevo canal (simulcast), como ya ocurriera durante la liberación del primer dividendo digital. El calendario de migración se aprobará por resolución de la Secretaría de Estado para el Avance Digital.

La cobertura de los nuevos canales será la misma que en el anterior Plan: un 98% en el RGE1 (cuatro canales de RTVE), el 96% en el RGE2 (3 canales de RTVE y uno privado), 96% en los múltiples dedicados a los canales privados y 98% en los canales autonómicos públicos y 96% en los privados.

No se ha tenido en cuenta la propuesta de Teledetodos realizada en el trámite de audiencia pública para que la cobertura de los canales de RTVE en el múltiple RGE2 fuera del 98%, de modo que todos los canales de TVE tuvieran la misma cobertura, “garantizando una prestación homogénea y acorde a la vocación de prestación universal”. Así que puede ocurrir que en una misma localidad puedan verse unos canales de TVE y otros no. En cualquier caso, tanto los prestadores públicos como los privados deben alcanzar la misma cobertura de población alcanzada conforme el Plan de 2014.

Más grave es que el Plan Técnico no asigne frecuencias a los servicios de comunicación comunitaria sin ánimo de lucro, como también propuso Teledetodos. La LGCA (art. 32.2 y disp. tr. 14ª) ordenaba en 2010 al Gobierno que en el plazo de 12 meses estableciera las disposiciones reglamentarias adecuadas para dotar de frecuencias a estos servicios, tercera pata del sistema junto con los servicios públicos y los privados de interés general. Lamentablemente, este Gobierno, como los anteriores, sigue ignorando a este tercer sector, decisivo para una comunicación participativa y vivificador de las comunidades locales.

Las entidades que compartan un mismo múltiple deberán asociarse para su gestión técnica. En el caso de RTVE, respecto al múltiple que comparte ahora con Ten y luego con Radio Blanca, y de los prestadores de servicio público referido al múltiple MAUT deberán comunicar a las entidades privadas a los que se asigne canales en el mismo múltiple las condiciones que aplican para la gestión técnica, condiciones que se regirán por los principios de objetividad, proporcionalidad y buena fe “garantizando en todo momento la calidad y continuidad en la prestación de los servicios públicos de comunicación audiovisual televisiva de cobertura estatal y autonómica” (disp. ad. 2ª.1). Este redactado parece querer garantizar la primacía de la calidad de emisión de los servicios públicos, estatales o autonómicos, sobre los privados. En todos los casos la gestión debe permitir la optimización del uso de la capacidad del múltiple. Los conflictos se dirimirán ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

RTVE gana un canal radioeléctrico, pasa de seis a siete, lo que puede facilitar un salto más rápido a HD de todos sus canales (ahora de cinco canales solo TVE1 y La Dos emiten en simulcast en HD y SD) y, sobre todo, favorecer las emisiones en 4K.  Lástima que para ejercer un liderazgo en esta materia se requieran recursos de los que la Corporación no anda sobrada.

El Plan asigna a RTVE (y a los operadores autonómicos públicos) como obligación de servicio público la actualización del software de los aparatos receptores, para lo que llegarán a acuerdos transparentes, objetivos y no discriminatorios con los fabricantes, con las consiguientes contraprestaciones económicas, proporcionales a la capacidad del múltiple dedicada a esta tarea. Veremos si estos acuerdos son realmente ventajosos para los operadores de servicio público, o se convierten en una carga difícil de asumir para unas organizaciones infrafinanciadas.

Es, pues, en definitiva, este un plan continuista con el anterior de 2014, pues mantiene los mismos servicios, como no podía ser de otra manera, pues un Plan Técnico, promulgado por Decreto, no puede suprimir o conceder licencia ni crear o eliminar operadores de servicio público.

El ecosistema de la televisión en abierto en España es disfuncional. En el paso de la emisión analógica a la digital se apostó por trasladar el modelo de la televisión generalista, y los gobiernos sucesivos (Aznar, Zapatero, Rajoy) otorgaron licencias sin una programación diferenciada ni requerir verdadera especialización; sacrificando la calidad de imagen a la ocupación del espectro con el mayor número de canales posibles y sin exigir la implantación de nuevos servicios.

La Ley General de la Comunicación Audiovisual de 2010 (pdf) en la práctica privatizó las frecuencias. Las licencias son por 15 años, renovables y transferibles. Al licenciatario se le entrega, de hecho, una frecuencia prácticamente de por vida, que puede transferir y arrendar (art. 29). Además, las laxas normas anticoncentración, solo aplicables antes de la operación de fusión o absorción, pero no a posteriori (art. 36 LGCA) han propiciado un oligopolio dominado por los dos grandes grupos, Atresmedia y Mediaset. El resultado son programaciones falsamente temáticas de los dos grandes grupos (los mismos programas de la televisión generalista empaquetados para targets publicitarios) y el arriendo de canales a las grandes majors norteamericanas por parte del resto de los licenciatarios. El Plan da continuidad técnica a esta situación.

Subvenciones para la reantenización

 El Plan Técnico va acompañado por el Real Decreto 392/2019, de 21 de junio, que regula la concesión directa de subvenciones para compensar a los propietarios los gastos que deban de hacer para adaptar las instalaciones de recepción de los edificios sujetos al régimen de comunidad, como ya se hizo con ocasión del primer dividendo digital. Las subvenciones van de 104,3 € hasta 677,95 €, en función de la adaptación y el equipo que haya de instalarse según el número de múltiples que cambien en cada zona geográfica, como se detalla en un anexo del Decreto. La cuantía estimada para estas ayudas es de 150 millones de euros (280 millones en el primer dividendo digital). No se contemplan ayudas para las viviendas unifamiliares, que en general no requieren más adaptación que resintonizar los canales en el aparato receptor. En este segundo dividendo digital no se habilitan subvenciones para compensar a los operadores por transmitir simultáneamente transitoriamente en dos frecuencias, como se hizo en el primero (R.D. 677/2014, de 1 de agosto).

El Gobierno comunicó estas ayudas a la Comisión Europea, que dictó con fecha 12 de abril de 2019 la Decisión C (2019) 2772, que consider la ayuda compatible con el mercado interior y adecuada y necesaria para favorecer el segundo dividendo digital y garantizar los servicios de televisión para los espectadores, proporcionada y neutral tecnológicamente. Se podrá utilizar cualquier solución tecnológica disponible, adsl, cable, satélite, TDT… menciona el preámbulo del R.D. Pero lo cierto, es que, como ocurriera en las subvenciones del primer dividendo, donde también se establecía el principio de neutralidad tecnológica, la inmensa mayoría de las adaptaciones realizadas en los edificios de vecinos para recibir las programaciones en abierto se hicieron –y se harán- en los equipos de recepción de la TDT.

La cobertura de las zonas de sombra

 Los operadores corren con el coste de la cobertura asignada, el 96% para los privados y el 98% para los públicos. Pero queda un 2’5% de la población sin cobertura de la TDT por vivir en zonas menos urbanizadas o remotas (zona II) y otro 1’5% que por razones orográficas no pueden recibir las emisiones terrestres (zona III).

En la transición de la televisión analógica a la digital se optó por emplear conexiones por satélite para la cobertura de la zona III y por establecer redes terrestres para la zona II, con la financiación de comunidades autónomas y ayuntamientos. En 2013 la Comisión, a raíz de una denuncia del operador de satélites ASTRA, declaraba incompatibles estas ayudas con el mercado interior. En 2017, el Tribunal Europeo de Justicia anuló en casación la decisión de la Comisión, pero en otro caso fallado en 2018 sí obligó a devolver las ayudas de Castilla-La Mancha a Cellnex.

Ahora, volverán a producirse zonas de sombra para los canales que cambien de múltiple. El Plan (disp. ad. 6ª) regula la que llama “iniciativa pública en la extensión de la cobertura de la televisión digital. Para que las Administraciones públicas puedan desarrollar esas iniciativas deberán obtener la conformidad de los prestatarios del servicio, no incurrir en distorsión del mercado, respetar el principio de neutralidad tecnológica y cumplir la normativa europea sobre ayudas estatales. La neutralidad tecnológica tiene especial relevancia pues su falta, esto es, la discriminación en favor de la solución terrestre en detrimento del satélite, fue el argumento central que llevó a la Comisión Europea a considerar ilegales las ayudas, de modo que ahora los concursos que puedan convocarse para ampliar la cobertura deberán ser especialmente estrictos en evitar cualquier discriminación entre plataformas tecnológicas.

La transición al HD y al UHD

 A estas alturas todavía solo los canales cabecera de cada uno de los grupos públicos y privados emite en alta definición (HD). El Plan fija la fecha del 1 de enero de 2023 para que todos los canales emitan en HD bajo la norma técnica H.264/MPEG-4 AVC, pero exigiendo solo la resolución de 720 líneas verticales, la calidad mínima para ser considerada alta definición. No se considerarán emisiones en alta definición las que hayan sufrido a lo largo de la cadena de producción, edición, transporte o difusión, algún tipo de conversión a otros formatos (art. 9.2). Creo que esta norma debiera interpretarse como cambio de formato el de la programación del canal en su conjunto o de partes significativas. De otro modo resultaría imposible utilizar material de archivo en los informativos u otros programas.

Durante el periodo de transición los operadores podrán seguir emitiendo en SD (576 líneas) los canales que ya hayan convertido en HD. De modo, que hasta julio de 2020 habrá programaciones emitiéndose en sendos canales radioeléctricos en dos bandas distintas y hasta 2023 canales transmitiendo simultáneamente en SD y HD.

A partir del 1 de enero de 2023 no habrá ya duplicación de canales y ello junto con una administración más eficiente del espectro y las mejoras de la adopción de la norma DVT-2 podrá liberar ancho de banda. El Ministerio de Economía podrá modificar el número de canales por múltiple en función de mejoras técnicas, pero este mejor aprovechamiento no habilitará para rebasar las condiciones de la licencia ni aumentar el número de canales por los licenciatarios (art. 7.3) y se podrá utilizar la capacidad restante para que los licenciatarios puedan prestar servicios conexos (guía electrónica de programación, transmisión de ficheros, aplicaciones, actualización de software) sin sobrepasar el 20% de la capacidad del múltiple (art. 7.4). Bien está que no se permita a los licenciatarios aumentar canales sobre el ancho de banda asignado, pero la norma parece dejar abierta la posibilidad de sacar a concurso nuevos canales, algo completamente innecesario con la actual saturación, cuando lo correcto sería apostar por aumentar la resolución o exigir que los licenciatarios desarrollen servicios conexos innovadores que potencien la interacción.

¿Y qué hay de la Ultra Alta Definición (4K)? El Plan contempla el 4K como una excepción. Solo se podrán emitir eventos extraordinarios por los operadores en los múltiples en que ya todos los canales hayan evolucionado a la emisión en HD, sin sobrepasar la capacidad que el licenciatario tenga asignada (disp. ad. 15ª.3). La codificación del vídeo se hará conforme la norma H.265/HEVC y con una resolución mínima de 2160 líneas verticales (art.10).

En el plazo de nueve meses se exige a todos los aparatos receptores de más de 24 pulgadas que incorporen sintonizador para HD conforme a la norma DVB-T2, que los de 40 pulgadas o mayores sean capaces de sintonizar 4K y conexión a banda ancha y a todos los de más de 24 pulgadas capacidades de televisión híbrida, conforme a la norma HbbTV 2.0.1 o posterior. En realidad, unas especificaciones que prácticamente cumplen todos los aparatos receptores que salen hoy al mercado, pero que dejan obsoletos a los televisores vendidos antes de 2014, cuyos propietarios para ver la televisión, cuando todos los canales emitan en HD el 1 de enero de 2023 no tendrán más remedio que conectar un decodificador al “viejo” televisor.

Son decisiones que garantizan que a partir de 2023 todos los canales emitan en DBV-T2 HD en la norma H.264 y que puedan existir canales en 4K bajo la norma H.265, con costes limitados para los operadores y gastos importantes para los consumidores si compran nuevos televisores o más asequibles, si optan por la compra de simples decodificadores. Se garantiza, así, que la TDT sea relativamente competitiva con las ofertas de pago en streaming, pero con una demora de más de tres años, que con la evolución acelerada de la tecnología parece excesiva.

El problema es que por mucho que los receptores puedan captar emisiones en Ultra Alta Definición las programaciones con esta resolución serán un caso excepcional, mientras no se adopten decisiones políticas: reserva de ancho de banda para estas emisiones y establecimiento de obligaciones de emisión tanto para los operadores públicos como para los licenciatarios privados.

El futuro de la distribución de la información audiovisual

El Plan (disp. ad. 14ª) garantiza hasta 2030 el uso por los servicios audiovisuales de la banda de 470-694 Hz, conforme a la citada Decisión 2017/899, que indica que esta asignación habrá de revisarse en 2025. Se apunta ya, por tanto, una posible merma de la banda destinada a la radiotelevisión en favor de un posible 3º (?) dividendo digital.

Durante algo más de una década será posible acceder gratuitamente a servicios primero en HD y luego, no antes de 2023 y como algo excepcional, en 4K, calidades que ya son ofrecidas por los servicios de pago en streaming. Ha faltado ambición de los poderes públicos y los operadores de la TDT para afrontar esa competencia.

Durante casi un siglo, desde la implantación de la radio en los años 20, la distribución a través de las ondas radioeléctricas del sonido y la imagen ha sido el método más eficaz y asequible para difundir masivamente contenidos de información, formación y entretenimiento. El público receptor ha disfrutado de estos mensajes sin costes de acceso, configurándose un servicio universal, esencial para el progreso, la cohesión y el pluralismo de las sociedades democráticas.

La digitalización ha traído unos nuevos servicios esenciales en la Sociedad de la Información, que nos han abocado a una tercera revolución industrial. La sociedad en conjunto se ha beneficiado, pero han sido los operadores de telecomunicaciones quienes han obtenido ingentes beneficios y los estados, mediante el procedimiento de la subasta del espectro, logrado importantes ingresos fiscales. En cambio, los usuarios de estos nuevos servicios digitales, deben pagar un coste de acceso, a diferencia del acceso gratuito a los tradicionales servicios broadcast.

No hay que ser adivino para pensar que los nuevos servicios digitales seguirán devorando más ancho de banda, en detrimento de los servicios de radiodifusión. Estos, por su parte, tendrán cada vez más difícil ofrecer resoluciones más altas (¿8K?) que exigen más ancho de banda, un recurso asignado cada vez más cicateramente al broadcast. Puede que en 2030 las programaciones de televisión deban necesariamente distribuirse sobre la banda ancha a través del protocolo IP, u otros semejantes (como el futuro DVB-I) , abandonando para siempre las ondas. En tal caso, los estados habrán de encontrar fórmulas para un acceso universal gratuito en banda ancha a los contenidos audiovisuales, especialmente, la información y la formación que se difunden en abierto por las ondas.

 

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Consultas públicas sobre el futuro del audiovisual


Durante enero y febrero algunas de las normas fundamentales de la regulación audiovisual han estado o están en período de información o consulta pública.

A lo largo de este año debieran, primero, promulgarse las normas reglamentarias que permitan que la TDT siga siendo el sistema de difusión de la televisión lineal y, luego presentarse el proyecto de ley que modifique la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) para adaptarla a la reforma de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual.

A buen seguro que los servicios de estudios de los grupos mediáticos echan humo y abogados y lobistas peregrinan por despachos de funcionarios y políticos. El Derecho español abre vías para que interesados y ciudadanos hagan sus aportaciones en los pasos previos del proceso legislativo. A buen seguro lo harán las instituciones (por ejemplo, CNMC, consejos audiovisuales de Andalucía y Cataluña), las empresas audiovisuales, de telecomunicaciones y publicitarias. Más difícil es que tengan la capacidad de hacer oír su voz las pocas organizaciones sociales y académicas interesadas en el sector.

Por si alguien se anima, en esta página del Ministerio de Economía se encuentran las distintas normas sometidas a información o consulta pública.

El segundo dividendo digital y el Plan Técnico de la TDT

Estamos inmersos en un proceso de reordenación del espectro radioeléctrico, en el que frecuencias hasta ahora ocupadas en la emisión de televisión se van a otorgar a los operadores de telecomunicaciones para el desarrollo de la nueva banda ancha inalámbrica móvil 5G. La nueva generación de telefonía móvil promete una enorme capacidad de transmisión de datos ( mínimo 20 Gbps y 10 Gbps de subida, latencia de 4 ms) para hacer posible el Internet de las cosas, esto es, que todo tipo de dispositivos puedan estar conectados en una misma red Ip con respuestas instantáneas.

A esa trasferencia («liberación» en la jerga del sector) de frecuencias de los servicios de radiodifusión a los de telecomunicaciones se le ha llamado dividendo digital. Ya se produjo un primer crecimiento de la telefonía móvil en el espectro con la digitalización de la emisión de televisión y ahora viene el segundo.

¿Dividendo para quién? Sin duda para los telecos, para los gobiernos, que obtienen importantes ingresos en la subasta de las frecuencias, para las empresas que pueden desarrollar nuevos servicios y los ciudadanos que sean sus clientes. Pero un recurso de dominio público, como es el espectro, en lugar de utilizarse para la difusión de un servicio abierto de acceso universal y gratuito, como es la radiodifusión, se va a utilizar para un servicio de pago por suscripción a un operador de acceso.

Puesto que el aumento de la resolución (del SD al Hd, del 4 K al 8 K) de la imagen en emisión requerirá una ocupación mayor del espectro es muy improbable que la televisión lineal pueda seguirse distribuyéndose directamente por emisión hertziana y haya distribuirse por la red de datos bajo protocolo Ip. Dicho más claro: hora encendemos el receptor y oímos la radio o vemos la televisión sin suscripción ni pago, dentro de poco tendremos que tener un acceso a Internet, de pago, por supuesto, para acceder a la aplicación del canal, sea este abierto o no. ¿Privatización del dominio público?.

De momento, la televisión lineal tiene garantizada la emisión hertziana (la TDT, para entenderno) hasta 2030. Una decisión de la UE de 17 mayo de 2017 establece que la liberación de la banda de 700 Mz y su dedicación a la telefonía de banda ancha debe hacerse antes de 30 de junio de 2020, al tiempo que reserva hasta 2030 la banda de 470-694 Mz, canales 21-48, para las emisiones de televisión digital. Así que antes de julio del próximo año sufriremos otro baile de frecuencias. Las televisiones desocuparan los canales que utilizan en la banda de 700 Mz y habrán de acomodarse en los canales 21-48. Y los sufridos consumidores tendrán que readaptar las antenas.

Sale ahora a consulta el proyecto de Decreto del Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre. En esencia, su objetivo es mantener la misma oferta de canales programáticos actuales, reacomodándolos a todos en los canales radioeléctricos 21 a 48, sobre los que operarán dos multiplex más, a sumar a los seis asistentes.

Más de lo mismo, mismo número de canales por operador, mayoría de canales en SD, canales en HD (replicados en simulcast en SD) de calidad muy mejorable, iguales capacidades de desconexión. Los mismos canales más apretados en menor ancho de banda, gracias, se supone, a una mejor administración del espectro.

Veremos si la calidad no se reduce aún más en esta migración. Falta ambición y una apuesta por la calidad en lugar de por la cantidad. Pero no se puede hacer otra cosa, teniendo en cuenta las licencias otorgadas. Ya se perdió una oportunidad en 2015 al otorgar otras tres licencias SD y otras tantas HD. Ahora todo se fía a la mejora que traerá la nueva norma de emisión DVB-T2, pero al respecto no se establece la obligatoriedad de su uso por los emisores, pero sí que los receptores estén adaptados a ella.

En el caso de RTVE la situación mejora un poco. Ahora tiene un multiplex (cuatro canales) en exclusiva y la mitad de otro, en total 6 canales radioeléctricos, que dan para 4 canales en simulcast (SD y HD al mismo tiempo) y uno solo en SD (Canal 24 Horas). En el nuevo Plan Técnico contará con un multiplex exclusivo y 3/4 de otro, en total 7 canales radioeléctricos, que debieran permitir, al menos, que el Canal 24 Horas se emita simultáneamente en SD y HD.

La emisión simultánea en SD y HD es una utilización bastante ineficiente del espectro, pero por ahora es la única manera de que todos los espectadores, incluso los menos actualizados tecnológicamente, puedan recibir todos los canales.

¿No se podría hacer un «apagón SD», como se hizo un «apagón analógico»? Entonces todos tuvimos que comprar un decodificador o cambiar de televisor. Ahora con una medida similar, como sería la imposición de la norma DVB-T2 ¿quedaría alguien detrás, esto es, aumentaría la brecha entre «los que tienen» y «los que no tienen»?

La supervivencia de la televisión lineal en abierto pasa por mejorar su resolución, al menos a HD, con una previsión clara para llegar al UHD (4K). Sus competidores, las OTT del vídeo bajo demanda (VOD) prácticamente ofrecen todos sus contenidos en HD y muchos en UHD.

Para la migración a los canales 21-la Hoja de Ruta del segundo dividendo prevé subvenciones para la adaptación de las edificaciones (sí, habrá que resintonizar de nuevo las antenas, buen negocio para los antenistas) y para que los operadores emitan simultánea y transitoriamente en sus actuales canales de la banda 700 Mz y en los definitivos de la banda  470-694 Mz. Por el momento, solo hay abierta información pública para elaborar un Decreto de subvenciones a los operadores públicos.

No debe olvidarse tampoco el principio de neutralidad tecnológica,  esto es, que si se otorgan ayudas para la prestación del servicio, estas deben abrirse en condiciones de igualdad a las distintos sistemas de distribución de la señal: transmisión digital terrestre, cable, Internet. La neutralidad tecnológica forma parte de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Justicia, que ha ratificado la reclamación por parte de la Comisión de las ayudas a la implantación realizadas por Galicia y Castilla-León, aunque no en el caso de Castilla-La Mancha, por razones jurídicas que aquí no se pueden desarrollar. De modo que resultará complicado que se subvencione a Abertis, el operador de la red, para que las emisiones lleguen a lugares de difícil cobertura.

Por cierto, que en la reforma del Plan se sigue incumpliendo la obligación de reserva de espectro radioeléctrico para los servicios comunitarios sin ánimo de grupo (art. 32.2 LGCA).

La reforma de la Directiva de Servicios Audiovisuales y de la LGCA

Las infraestructuras y normas técnicas son decisivas para el futuro de la televisión, pero los cambios descritos no afectan a los contenidos, más allá de la resolución. La norma básica de regulación de los contenidos es la Directiva europea de Servicios Audiovisuales y su transposición española en la Ley 7/2010 General de la Comunicación Audiovisual (texto consolidado).

En 1989, invocando la unidad del mercado de servicios, la Directiva de la Televisión sin Fronteras instauró una regulación europea del servicio de la televisión, independientemente de que fuera prestado por operadores públicos o privados.

Los estados tenían que aceptar las emisiones transfronterizas de otro estado miembro, bajo el supuesto de que los contenidos estaban sujetos al menos a esa mínima regulación. Básicamente, las materias reguladas han sido la publicidad y otras comunicaciones comerciales, el fomento de la producción europea, la protección de los menores y los consumidores.

La Directiva se amplió primero a los medios audiovisuales y luego al concepto más amplio de servicios de comunicación audiovisual. La Directiva, junto con la política de la competencia, han modelado la política audiovisual europea con una orientación mercantil, nada favorable para los operadores públicos. Y aunque se trata de una regulación de mínimos, los estados se han acomodado a ellos, sin normas más rigurosas protectora del pluralismo y el derecho a la información de los ciudadanos.

Su última reforma es la Directiva 2018/1808, de 14 de noviembre. Los estados deben trasponerla antes del 20 de septiembre de 2020. De aquí, la consulta para modificar la LGCA.

No se puede analizar aquí con extensión el contenido de la reforma de la Directiva, pero estas son sus líneas básicas:

  • Los servicios de vídeo bajo demanda (VOD) pasan a considerarse servicios de comunicación audiovisual y se adapta a ellos la regulación de los canales de televisión. La medida más destacada (art. 13) es la obligación de que un 30% de su catálogo sean producciones europeas y si el estado (como es el caso de España) impone a los canales de televisión obligaciones de financiación, estas serán aplicables también a estas plataformas de vídeos bajo demanda.
  • Los servicios de intercambio de vídeos se regulan específicamente. Se trata de servicios comerciales cuya actividad principal sea la agregación de vídeos, por tanto, una página web informativa que suba vídeos no entra dentro de esta categoría. A diferencia de los servicios de comunicación audiovisual (canales y plataformas de VOD) en estas plataformas no existe un control editorial de los contenidos, pero si una responsabilidad derivada de su capacidad de ordenar, presentar y destacar los vídeos generados y subidos por los usuarios. Su regulación es mucho más laxa que la de los servicios de comunicación audiovisual. Se podrán establecer medidas a proteger a los menores y evitar los vídeos que inciten al odio, la violencia o la comisión de delitos de terrorismo. La Directiva invita a los estados a adoptar fórmulas de autorregulación y corregulación. Las medidas adoptadas pasarán por la identificación de los contenidos, la verificación de la edad de los usuarios, facilidades de control parental, herramientas de denuncia de contenidos peligrosos. En ningún caso se podrán adoptar medidas de control previo ni filtrado de contenidos.
  • Liberalización de la publicidad. Reforma tras reforma, las condiciones impuestas a las comunicaciones comerciales son cada vez más laxas. Ahora, los canales de televisión ya no tendrán limitaciones hora a hora. Bastará con que cumplan el límite de un 20% de todo el tiempo de emisión en los horarios de 8 a 18 horas y de 18 a 24 horas. Así que los espectadores de los canales privados ya pueden prepararse para bloques publicitarios extremadamente largos cuando al operador le convenga. Las autopromociones y las cortinillas no cuentan como publicidad. Además, se permite el emplazamiento publicitario, salvo en los programas informativos, infantiles y religiosos.
  • Transparencia. Los estados deberán velar porque el público pueda acceder a la información básica del operador de un servicio, pero los estados si lo desean pueden obligar a hacer pública la estructura de la propiedad.
  • Reguladores audiovisuales. Refuerza las exigencias de independencia y admite que los reguladores lo puedan ser de varios sectores, algo que no favorece a los que hemos pedido un consejo audiovisual especializado, como establecía la LGCA y no el actual regulador omnibus que es la CNMC. Se crea el Grupo de Entidades Reguladoras (ERGA).

La transposición de la Directiva exige la modificación de la LGCA, para lo que se abre consulta pública hasta el 22 de marzo. La consulta realiza 22 preguntas, la mayor parte muy generales. No debe olvidarse que, conforme la Directiva (art. 4.1), los estados pueden imponer a los prestadores bajo su jurisdicción medidas más estrictas y detalladas (art. 4.1).

No tiene que ver con la adaptación de la Directiva, pero a mi modesto juicio la reforma más importante que requiere el derecho audiovisual español es la reforma del régimen de licencias. No puede ser que las medidas anticoncentración se apliquen solo antes de las fusiones y no después, con la consecuencia de un oligopolio de dos grandes grupos que concentran el 60% de la audiencia y el 85% de la publicidad. Los procesos de otorgamiento tienen que ser transparentes, los proyectos presentados públicos y deben establecerse procedimientos de retirada de la licencia si se incumplen los compromisos en función de los que fue otorgada.

A partir de ahora se desarrollará una batalla para que la reforma sea la más conveniente a los intereses de los grandes públicos.

¿Quién defenderá al servicio público y a los intereses y derechos de los ciudadanos?

El cierre de canales de TDT, una oportunidad para reordenar la televisión privada


Mañana 6 de mayo se apagan en España nueve canales en la televisión digital terrestre. ¿Supone un atentado al pluralismo como defienden las empresas titulares de las licencias?

Chapuzas jurídicas

El cierre impuesto por el Ministerio de Fomento cumple una sentencia del Tribunal Supremo que anula las licencias por haber sido concedidas sin concurso público, como establece el art. 27 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual.

El asunto es una sucesión de despropósitos jurídicos.

El gobierno Zapatero  aprobó en abril de 2010 (con la LGCA ya publicada en el BOE, pero antes de su entrada en vigor el 1 de mayo) un decreto que atribuía un multiplex a cada una de las 6 compañias privadas de televisión. Sin embargo, las previsiones de este decreto se hicieron efectivas por acuerdo del Consejo de Ministros de julio, cuando la LGCA  ya estaba plenamente en vigor. Dicho acuerdo fue recurrido por Infraestructuras y Gestion 2002 (INGEST), una pequeña empresa dedicada a la distribución de la señal. El Tribunal Supremo declaró nula la atribución de licencias y la consecuente concesión de espectro radioeléctrico. Otra demanda que solicita el cierre de otros 8 canales está a la espera de sentencia en el Supremo. Y los operadore ahora perjudicados anuncian demandas por daños y perjuicios.

El gobierno Rajoy no sacó las licencias a concurso pretextando la próxima reordenación del espectro y en trámite de ejecución de sentencia el Supremo ordenó el cierre de los canales. El secretario de Estado De Telecomunicaciones, Víctor Calvo-Sotelo, anuncia para antes de este verano un nuevo plan de ordenación del espectro radioeléctrico para acomodar los canales 4G que el Estado concedió a las telefónicas en la banda de 800 Mz, hoy ocupadas por las televisiones. Por cierto que si el 1 de enero de 2015 las telecos no tienen  a disposición estos canales (por los que pujaron altas sumas) el Estado tendría que pagar una penalización diaria. Y como los ingresos fiscales ya están consumidos, corresponderá a los particulares correr con los cargos de reorientar las antenas. ¡Menudo dividendo digital!

Intereses en presencia

Los intereses en juego explican este caos.

El gobierno Zapatero mimó a las cadenas privadas de televisión. Primero, en nombre del pluralismo, abrió el espectro analógico a la Cuatro y la Sexta. Luego, con la LGCA, creó el marco jurídico que ha permitido la concentración en dos grandes grupos mediáticos (y, por tanto, la reducción del pluralismo) y trasladó a la Televisión Digital Terrestre el modelo de canales generalistas en un marco jurídico ultraliberal, que convierte en la práctica la adjudicación de una licencia en un derecho a perpetuidad que se puede ceder para emitir cualquier tipo de contenidos. Y como regalo de despedida, el pastel de la publicidad de TVE a repartir entre las cadenas privadas.

Los dos grandes beneficiados han sido Atresmedia y Mediaset. Su modelo es el de la segmentación de contenidos a través de varios canales buscando el adaptarlos a targets (mujeres, hombres, jóvenes). No es una televisión especializada, aunque así se venda, sino una puesta al día de la televisión generalista para maximizar los ingresos publicitarios. Pero es una televisión abierta por la que el espectador no paga nada directamente (lo hace indirectamente como consumidor a través de los costes publicitarios de los productos). En principio, un modelo de televisión más integrador que el de la televisión de pago.

Los otros actores son las telecos. Su negocio y su campo de competición preferente es la banda ancha móvil (4G). El gobierno Rajoy tiene que atribuirles las frecuencias que ganaron en subasta, de manera que tiene que desalojar a las televisiones de la banda de 800 Mz. Pero no se trata sólo de un reajuste técnico. Si en la reordenación las televisiones privadas pierden canales, la televisión de pago se hace más atractiva. Y para las telefónicas un paquete de canales de pago no sólo es una oportunidad de negocio, sino sobre todo, un elemento diferencial es su oferta combinada de triple play (teléfono, banda ancha y televisión).

¿A quién quiere más Rajoy, a las televisiones o las telefónicas? A las dos. No puede molestar demasiado a ninguno de estos dos grandes poderes fácticos, así que buscará alguna solución que no dañe intereses vitales de unos u otros. Pero por de pronto en el apagón de mañana quien más pierde es Atresmedia ¿Un aviso para que Lara meta mano en la línea editorial de La Sexta?

Y existe un tercer actor, que son las compañías de distribución por satélite, que siempre han acusado de falta de neutralidad tecnológica a la ordenación de la televisión digital. Supongo que estarán presionando para que en esa nueva ordenación del espectro se les tome en cuenta como una alternativa a la televisión digital terrestre.

¿Sufre el pluralismo?

El cierre de canales, de entrada,  a quién más perjudica es a sus titulares, pero no es una buena cosa la reducción de ofertas aunque el real pluralismo de contenidos que representan sea muy limitado.

Las frecuencias de Net Tv (Vocento) y Veo Tv (Unidad Editorial) habían ido perdiendo sus canales por distintas razones hasta quedar reducidos a teletiendas. Atresmedia y Mediaset utilizan estos canales para reemitir los contenidos de sus canales generalistas, empaquetados de nuevo para conquistar la fidelidad de targets específicos. Ciertamente, un 6´7%  de la audiencia tendrá que buscar nuevos canales, pero no le será difícil encontrar los mismos contenidos.

Si entendemos el pluralismo como la libertad de elegir del espectador el cierre de una canal de telenovelas daña el pluralismo, pero no por ello creo que sufra la calidad de la vida democrática, ni se reduzca la capacidad real de elegir.

Es imprescindible una nueva ordenación de la televisión privada

La LGCA definió la prestación del servicio de la televisión por operadores privados como una actividad no de servicio sino de interés general y la impuso una serie de obligaciones, la mayor parte derivadas del derecho comunitario. Si las licencias no se otorgaran por concurso sería lógico que cada cual hiciera con ella lo que quisiera, siempre que respetara esas obligaciones generales. Pero si las licencias son limitadas por razones técnicas y los prestadores son seleccionados mediante concurso, esa selección no debiera hacer por la simple aplicación de las reglas de la Ley de Contratos del Estado.

El Estado debe establecer unos criterios generales para promover una real diversidad de contenidos de calidad que sirvan verdaderamente al público: contenidos especializados y originales, promoción de la cultura, de la información, de los servicios al ciudadano, de la participación social y política. Criterios generales y transparentes, recogidos en la ley y no fabricados ad hoc en los pliegos de los concursos para que gane la compañía afín, como han hecho las comunidades autónomas.

(Otra entrada en este blog El fiasco de la TDT y el dividendo digital. Puede consultarse también mi libro El contenido jurídico del servicio público de la radiotelevisión en España. Las obligaciones de los operadores públicos y privados(descarga gratuita)

 

El fiasco de la TDT y el dividendo digital


El Gobierno del PP pretende reducir a la mitad el número de canales en la TDT, so pretexto de favorecer la implantación de nuevos servicios de banda ancha en movilidad, el llamado dividendo digital. La medida, que cuenta con la oposición de las televisiones privadas, es un ejemplo más de arbitrismo gubernamental, pero también pone de manifiesto el fracaso del modelo de la TDT.

Con UTECA hemos topado

El 21 de marzo el nuevo Secretario de Estado de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, Víctor Calvo-Sotelo, convocó a los operadores de televisión. Calvo-Sotelo soltó la bomba. El Gobierno les pedía que renunciaran a la mitad de sus múltiplex digitales, o lo que es lo mismo a la mitad de sus canales, reducción que también afectaría a TVE y a las autonómicas. Razón nº 1: ahorrar 800 millones en el primer dividendo digital. Razón nº 2: favorecer un hipotético segundo dividendo digital. Razón nº 3: hacer más sostenible el mercado audiovisual.

Ni que decir tiene que la reacción de los «propietarios» de las frecuencias fue incendiaria. Escándalo, robo, expropiación… los señores de la tele, los prebostes de UTECA no ahorraron gruesos calificativos.

Al Gobierno se le abre un frente peligroso. Si el movimiento es más que un globo sonda y siguen adelante con el plan, la artillería mediática de «los señores de la tele» se volverá en contra. Aunque seguramente la sangre no llegará al río, porque el gobierno del PP y UTECA comparten un objetivo estratégico: debilitar a TVE.

La privatización del espectro

El asunto puede terminar en los tribunales y ganar el pleito los «propietarios expropiados».

La Ley General de la Comunicación Audiovisual  (pdf) en la práctica privatizó las frecuencias televisivas. Las licencias son por 15 años, renovables y transferibles. Vamos, que al licenciatario se le entrega una frecuencia prácticamente de por vida, sin estar obligado a mantener la programación para la que se le concedió la licencia, que puede transferir y arrendar (art. 29). Y así se está haciendo ya por Net-Tv (Vocento) y Veo-Tv (UNEDISA), arrendando sus canales a los major norteamericanas.

En la práctica, esta regulación de las licencias equivale a la privatización del espectro: un recurso de dominio público se entrega a particulares para su explotación y comercialización prácticamente a perpetuidad.

La implantación de la TDT y el dividendo digital

La implantación de la televisión digital terrestre (TDT) se ha hecho en España con la norma técnica DVB-T. El apagón digital se produjo en abril de 2010. El primer plan técnico data de 1998. Es un largo proceso, acelerado en su fase final por el Gobierno de Rodríguez Zapatero, en casi dos años a lo exigido por la Unión Europea.

La transmisión digital permite comprimir la señal y disminuir el ancho de banda utilizado, de manera que por la frecuencia que en analógico se transmitía antes un único canal, ahora puede transmitirse típicamente cuatro con una calidad MPEG-2. Por tanto, al menos en teoría, para el mismo número de canales se utilizan un menor número de frecuencias, con lo cual pueden liberarse frecuencias y destinarlas para otros usos distintos de los servicios de radiodifusión. Es el llamado dividendo digital.

La idea es que atribuir esas frecuencias «liberadas» (los términos ya indican un prejuicio contra los servicios de radiotelevisión) a la telefonía móvil, concretamente a los nuevos servicios de banda ancha en movilidad (por ejemplo, telefonía 4G) supondrá un revulsivo económico. Los gobiernos sacan estas frecuencias en subasta y obtienen pagos sustanciales de las telefónicas.

La Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (UIT) decide en 2007 reservar la banda de 792-860 Mz (canales 61 a 69) a los servicios móviles. Se trata de frecuencias que tienen una buena capacidad de propagación y penetración en los edificios y, por tanto, muy adecuadas para móviles.

La Unión Europea establece en 2010 un nuevo apagón digital. El 31 de diciembre de 2015 los canales 61 a 69 tendrán que haber sido desalojados de los servicios de radiotelevisión y estar asignados a la telefonía móvil.

El problema en España es que al adelantar ese primer apagón digital esos canales están ocupados por los operadores de TDT. No obstante, el Gobierno Zapatero los saca a subasta y obtiene en julio de 2011 2.000 millones de las operadoras telefónicas, que no pujan hasta los 2.500 que esperaba el Gobierno. Se aprueba un Plan Marco del Dividendo Digital (pdf) y la Ley de Economía Sostenible (art. 51) establece que los costes derivados de la reorganización del espectro se sufragen con cargo a los ingresos obtenidos por la licitación de frecuencias. Estos costes se estiman en 800 millones y supone cambios en los centros de emisión, emitir simultaneamente en dos canales durante la fase de transición y reorientar de nuevo las antenas comunitarias.

Lo que la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones plantea ahora es ahorrarse esa factura. Si el número de multiplex se reduce a la mitad no es necesario la migración y no hay costes de adaptación. Además, se dice, la Unión Europea puede exigir la liberación de más frecuencias para la banda ancha móvil y conviene prepararse para este segundo dividendo digital (que en todo caso no se impondría hasta 2020).

La respuesta más articulada que he encontrado no viene de los «señores de la tele», sino de Pedro Pérez (@pperezf), el presidente de los productores audiovisuales, a través de 17 tuits. Sostiene que esa reducción de canales supondría un grave quebranto para la ya castigada industria audiovisual y que lo único que pretende el Gobierno es ahorrarse los costes después de haber obtenido los ingresos. Propone una solución técnica, la adopción de la norma DVB-T2, con la que dice, TVE podría emitir 5 canales en Alta Definición. Pero el problema es que ya no sólo se trataría de reorientar antenas, sino de comprar un nuevo descodificador, pues no valen los actuales, algo que haría feliz a los constructores electrónicos, pero no a los consumidores que han comprado pantallas planas que no podrían recibir las nuevas emisiones.

Insostenible TDT

El tercer argumento gubernamental es hacer sostenible el mercado audiovisual, lo que viene a reconocer el despropósito del modelo de TDT, conformado por los gobiernos de Aznar, primero, y de Rodríguez Zapatero, después.

Lo que se ha hecho ha sido trasladar el modelo de la televisión generalista a la TDT, sin exigir ni especialización, ni nuevos servicios digitales ni un mínimo de calidad a los operadores privados, que como hemos visto pueden transferir sus canales. Además, los concursos autonómicos se han hecho con total falta de transparencia.

Si a ello le sumanos las muy laxas normas anticoncentración, nos encontramos con el siguiente resultado:

– Una gran fragmentación de la audiencia, que sólo permite la rentabilidad a los grandes grupos privados.

– Una gran concentración de propiedad (muy limitado pluralismo externo), con dos grandes grupos, Mediaset y Antena 3, concentrando audiencias y publicidad. Su estrategia de programación es repetir los mismos contenidos en sus distintas ventanas para rentabilizar la publicidad, que se contrata para todos los canales y al precio de la audiencia del más visto.

– Dos operadores nacionales privados, UNEDISA y Vocento, sin experiencia en televisión, que no han hecho más que dar bandazos y que han terminado por arrendar sus canales a los major norteamericanos. A ellos es a los que podría beneficiar la medida si va acompañada de alguna compesación económica para rescindir los actuales contrato de arrendamiento.

– Operadores privados autonómicos castigados por la crisis publicitaria y que rellenan sus horas con videntes.

– TVE y los operadores públicos autonómicos con dificultades presupuestarias para mantener sus canales. Para los operadores públicos es vital mantener estos canales porque es la manera de servir contenidos diversos a un público cada vez más diverso. El PP ha anunciado reiteradamente su intención de retirar un multiplex a TVE, que de 6 canales (uno de ellos en HD) pasaría a 4.

– Programas muy poco diversos, escasamente novedosos (como demostró Daniel Giménez Simón en su Trabajo Fin de Máster de Periodismo Multimedia) que se repiten una y otra vez en todas las cadenas.

– No se emite en verdadera HD, salvo los canales experimentales de TVE y de algunas autonómicas. En el mejor de los casos se emite en 720 p, escalando (inflando) unos contenidos producidos para 650 líneas. Algunas cadenas emiten películas con calidad de VHS.

Es hora de replantearse el modelo, pero los derechos e intereses adquiridos lo hacen prácticamente imposible. Una oportunidad perdida.

 

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