El genocidio nazi contra el pueblo judío – que este cargó de significado religioso al denominarlo Sohá o sacrificio y convirtió en justificación última para la constitución del Estado de Israel – en ese genocidio se encuentra, paradójicamente, el punto de arranque de un movimiento civilizatorio: perseguir penalmente crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio.
Estos día en España se desarrolla una estéril polémica ¿Son un genocidio las matanzas de Palestina en Gaza?
Parece como si calificar los hechos de genocidio fuera más grave que calificarlos de crímenes de lesa humanidad. Jurídicamente no lo son, pero sí ética y políticamente, como se justifica más adelante,
Los crímenes de guerra, no respetar las leyes de la guerra, por ejemplo el mal trato a los prisioneros, se desarrollan en el contexto de un conflicto bélico y tiene una regulación que viene del siglo XIX.
Después de la II Guerra Mundial, los juicios de Nüremberg y Tokio pusieron de manifiesto que los crímenes cometidos por la Alemania nazi y el Japón imperial sobrepasaban el concepto de crímenes de guerra. En su jurisprudencia aparece por primera vez el concepto de crímenes contra la humanidad, ataques sistemáticos contra la población civil como asesinatos, exterminio, torturas, deportación… La clave de este concepto es que, aunque estos ataques se produzcan contra un grupo concreto, afectan a toda la humanidad (lesa humanidad).El gran impulsor de este tipo penal fue el jurista judío Hersch Lauterpacht.
Los crímenes contra la humanidad se han tipificado internacionalmente en la Convención sobre su impreciptibilidad de 1968 y en la Carta de Roma de 1998 que creó el Tribunal Penal Internacional. También está tipificado en muchos derechos nacionales. En España, art. 607 bis.1 del Código Penal.
Simultáneamente se va asentando el concepto de genocidio propuesto por otro jurista judío, Raphael Lemkin. Los hechos pueden ser los mismos, pero la finalidad es exterminar a un grupo humano por razones raciales, políticas o religiosas. Lauterpacht era receloso de esta definición porque, aparte de la dificultad de prueba, pensaba que restaba importancia a los crímenes de lesa humanidad que van contra toda la humanidad (lesa) mientras que el genocidio solo afecta a un grupo. Así lo relata Phillips Sand en su excelente «Calle Este-Calle Oeste».
El genocidio se tipificó internacionalmente tempranamente en la Convención de 1948 y más recientemente en la Carta de Roma de 1998. El Tribunal Penal Internacional es el competente para juzgar este delito. En España está tipificado en el art. 607 del Código Penal.
España admitía la jurisdicción penal internacional en los casos de genocidio y crímenes de lesa humanidad -lo que permitió desarrollar una acción internacional y la detención de Pinochet en Londres-, pero el gobierno Rajoy la eliminó para no proceder contra dirigentes chinos; ahora la fiscalía ha puesto en marcha un procedimiento por haber en Gaza víctimas españolas.
Jurídicamente, los crímenes de genocidio y de lesa humanidad son igualmente graves. En el genocidio hace falta el plus de probar ante el Tribunal Penal Internacional el dolo específico de pretender exterminar a un grupo humano.
La Comisión de la ONU ha concluído que se dan en Gaza 4 de los 5 de los hechos necesarios para considerar que se está desarrollando un genocidio y no una campaña militar: “las autoridades israelíes y las fuerzas de seguridad israelíes cometieron cuatro de los cinco actos genocidas” matar, causar daños graves físicos o mentales, infligir deliberadamente condiciones para provocar la destrucción de los palestinos en su totalidad o en parte, e imponer medidas para impedir nacimientos.
Las declaraciones de la autoridades israelíes no dejan lugar a dudas: desde considerar a los gazatíes como animales. La despersonalización de las víctimas de la víctima es un indicio de genocidio (en Ruanda los hutus calificaban a los tutsís como cucarachas). También anuncian que Gaza arderá y que se repartirán las ruinas con EEU para crear un emporio turístico.
El Tribunal Internacional de Justicia de la ONU, dedicado a dirimir conflictos entre Estados admitió la demanda de Sudáfrica a la que se han sumado otros estados, entre ellos España y ha ordenado como medida cautelar la suspensión de las operaciones en Gaza. Por su parte, el Tribunal Penal Internacional expelió el 20 de mayo de 224 una orden internacional de detención contra Netanyahu y su ministro de Defensa Yoav Galant. Pero la jurisdicción del Tribunal Penal Internacional solo es efectiva en los países que hayan ratificado la Carta de Roma y no la han hecho ni EEUU, ni Rusia, ni China.
Política y éticamente los crímenes de genocidio y lesa humanidad no son igualmente graves. Éticamente el genocidio supone la maldad de que motor es el odio hacia el grupo que se pretende exterminar. La campaña israelí se presentó como un acto de legítima defensa, cuando a todas luces es un acto indiscriminado de venganza, sin importar la suerte de los rehenes ni de los civiles palestinos.
Políticamente, en el caso de los palestinos los crímenes de Gaza son el último acto de 80 años de exterminio dosificado, de persecución, de apropiación de tierras, a lo que los palestinos han respondido con un terrorismo odioso, que se ha vuelto contra ellos, un terrorismo desarrollado en los últimos tiempos por Hamas que llevó a cabo un desesperado y salvaje ataque contra Israel, sin medir o sin importarle el castigo que caería sobre Gaza.
La gente no se moviliza tanto a favor de la causa palestina, que durante muchos años ha tenido un tenue seguimiento en nuestro país. La gente se moviliza porque está viendo un genocidio, a pesar de que Israel no permite la entrada de la prensa internacional y haya asesinado a más de 200 informadores locales.
Un 82% de los españoles, según el CIS, condena el genocidio. Así que no es una nube de humo que haya montado Pedro Sánchez. En EEU el apoyo a los palestinos es de un 42%, según The Economist. En Alemania, aquello de que el apoyo a Israel es «razón de Estado» (Merkel) parece resquebrajarse poco a poco.
El boicot a Sudáfrica y la condena internacional fueron esenciales para terminar con el régimen del apartheid, un régimen de discriminación racial violento, pero no un genocidio; los negros eran necesarios como mano de obra barata.
Israel está perdiendo su importante «poder blando».



viernes, 19 Sep 25 a las 9:36 pm
Gracias. Como siempre, objetivo y documentado. Me parece insufrible comprobar lo que Israel está haciendo y que los periodistas y los políticos se entretengan en disquisiciones de denominación de unos hechos abominables, interesados, injustificables que cada uno de nosotros, en nuestros respectivos ámbitos y posibilidades, y cada uno de los políticos y periodistas también en los suyos, deberíamos esforzarnos en detener CUANTO ANTES, sin esperar a calificaciones jurídicas porque los hechos son los mismos se llamen como se llamen.
Una precisión/ pregunta: O yo estoy equivocado, o para que los hechos sean calificados jurídicamente de genocidio es suficiente que se cumpla uno solo de los cinco supuestos, y a aquí se cumplen Cuatro ¿es así?
sábado, 20 Sep 25 a las 11:12 am
Sí, con que se cumplan cuatro es suficiente como indicios probatorios.