¿Responde RTVE?

El pasado sábado 2 de mayo se emitió el primer programa de la Defensora del Espectador RTVE responde. Desde 2004, RTVE se ha dotado de la figura del Defensor del Espectador y el Radioyente. Los primeros cuatro años desempeñó el cargo Manuel Alonso Erausquín y hace un año fue nombrada Elena Sánchez. Ahora, en esta segunda etapa, se pone en marcha un programa mensual (media hora, los primeros sábados de mes, en La Dos, a las 20:30).

Los Ombudsman o Defensores del Público son figuras de autocontrol interno de los medios. Su función es la de servir de enlace entre los que hacen la información y los que la reciben con el fin de dar satisfacción a los posibles daños que esas informaciones originen, dar cauce a las críticas y confrontarlas con opiniones profesionales.

Su regulación interna suele ser muy flexible y lo que cuenta es la autoridad con que los defensores ejercen su función. Un Defensor que no investigue la denuncia de errores, críticas o violación de los principios editoriales o deontológicos es una figura puramente decorativa. Una parte de su función consiste en el escrutinio interno de las quejas recibidas. Para que esa función de autocontrol sea eficaz, los resultados de ese escrutinio interno deben de hacerse públicos. Es la mejor manera de que los editores e informadores sepan que tendrán que responder ante su público de los posibles errores, pero también de que podrán defenderse públicamente de las críticas infundadas. Así que, es habitual que exista un espacio reservado para el Defensor en el propio medio.

RTVE ha querido seguir este modelo. El resultado de este primer programa me ha resultado decepcionante. RTVE Responde es un espacio amable, parece que más pensado para satisfacer la curiosidad del público que para investigar sus quejas. La mayor parte de las quejas planteadas se resolvieron en una entrevista con el director de los Servicios Informativos, Fran Llorente, y el resto con los responsables de los espacios criticados. Muchas de estas críticas podían resolverse con una respuesta de parte, pues no tenían mayor entidad. Pero otras requerían escrutinio y debate. Por ejemplo, la alusión genérica a las iglesias evangélicas como sectas en una crónica desde Ángola durante el viaje del Papa merecía debate y más diversas opiniones profesionales y no podía despacharse con el manido argumento de la urgencia informativa. O las odiosas autopromociones y autobombos que llenan los telediarios no pueden justificarse como información. Lo mismo en el caso del machismo subyacente en la serie Pelotas, por  mucho que su responsable respondiera bastante satisfactoriamente.

Es cierto que ese debate entre público y profesionales se puede trasladar mejor a un periódico que la televisión, pero, compárese el programa con la Tribuna de la Defensora del Lector del diario El País, en concreto, la última, “Carla Bruni, la princesa Leticia y la fiebre rosa”.

Al final del programa se recuperó un programa antecedente del actual, Tome la palabra, de 1981. Un cuarto de siglo después el tono no había cambiado tanto. En el programa emitido sobraban las felicitaciones y faltaba debate e investigación.

En cualquier caso, por mucho que sea manifiestamente mejorable, bienvenida RTVE responde, una tribuna para la crítica que no existe en ninguna otra televisión española.

La hora de la autorregulación

La hora de la autorregulación… con este título sintetizó el profesor Fernández Areal el espíritu del 6º Congreso Internacional de Ética y Derecho de la Información, organizado por la Fundación COSO, al que he asistido el pasado fin de semana en Valencia. El Congreso estaba convocado bajo el lema “El derecho a la información judicial” y tanto en este tema central, como en todas las áreas de trabajo, especialmente, claro, en la dedicada a “Ética y excelencia informativa” ponencias, comunicaciones y las aportaciones al debate han insistido en la importancia de la autorregulación como instrumento para satisfacer el derecho de los ciudadanos a la información.

La autorregulación no puede ser una alternativa a la regulación. Cada una tiene su ámbito y su misión. La regulación debe desarrollar y delimitar para hacerlos posibles los derechos constitucionalmente garantizados, sin perjuicios de que éstos sean directamente exigibles ante los tribunales. La regulación debe dar una protección efectiva a los derechos de la personalidad de terceros y a otros bienes constitucionalmente garantizados, como es el desarrollo de los menores. La profesora Sánchez Ferriz realizó una síntesis de 30 años de jurisprudencia constitucional, que delimita y precisa los contornos de esa regulación imprescindible.

Pero la regulación no puede resolver todos los conflictos, porque muchos de los que se plantean en el ámbito informativo requieren una solución pronta y flexible, que se adapte a los usos sociales, a las expectativas del público y a la ética contractual de los profesionales. La intervención del Defensor del Pueblo en estos conflictos, con su mediación, se queda en un terreno intermedio entre la regulación y la autorregulación. En su ponencia, presentada por su adjunta, se plantearon los conflictos más frecuentes en relación con la información judicial y policial. Previa también a la autorregulación es la transferencia informativa de los poderes públicos. La ponencia de Agustín Zurita, jefe de comunicación del Consejo del Poder Judicial desde hace 27 años (¡qué aguante! ¡qué discrección! ¡qué profesionalidad!) abogó porque esa transferencia se manifieste institucionalmente y no mediante relaciones privilegiadas de ciertos jueces con ciertos informadores. Ya en el terreno de la deontología abundaron las comunicaciones sobre violencia de género, tratamiento informativo de los menores, fotografía informativa y, sí se me permite la autocita, sobre la independencia profesional e institucional que consagra el Estatuto de Información de RTVE. Son los estatutos de información o redacción una de las manifestaciones más desarrolladas de la autorregulación en España. Entre las ponencias tuvo especial eco la presentación del trabajo de investigación del profesor Alsíus (en colaboración con varias universidades) sobre deontología, con tres partes: codificación de los códigos éticos en una utilísima base de datos; confrontación de sus principios con los valores de los profesionales, confrontación con las expectativas del público.

Desde este enlace puede descargarse el vídeo de la intervención de Mª Luisa Cava, adjunta al Defensor del Pueblo, y el audio de la ponencia de Agustín Zurita.

Indicadores de una información democrática

La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa acaba de aprobar su Resolución 1636 Indicadores de los medos en una democracia, un catálogo de los principios básicos a que deben de ajustarse los medios de comunicación en una sociedad democrática. El punto de partida es, naturalmente, el art. 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (puede verse el trabajo de García Ureta y mi tesis Libertad de Programación) que consideran que cualquier limitación y, en general, regulación de las libertades de expresión e información tienen que ser proporcionadas y estar justificadas por los derechos de terceros o el interés público, tal como se interpreta en una sociedad democrática.

Las resoluciones del Consejo de Europa en materia de información se han caracterizado por promover la participación del público y los profesionales, defender el pluralismo (interno y externo) y, en consecuencia, requerir regulaciones contra la concentración y a favor de la transparencia. Es el contrapeso a la política audiovisual de la Comisión Europea, punta de lanza del neoliberalismo en el mundo de la información en Europa. Hay que recordar que la Asamblea Parlamentaria del Consejo no tiene más que una función de foro, sus resoluciones no tienen fuerza ejecutiva y su papel más importante es servir de recomendación para que los ministros europeos (por la vía de la cooperación intergubernamental) adopten tratados u otros instrumentos jurídicos.

No puedo ni siquiera resumir aquí los 27 indicadores que menciona la Resolución. Mencionaré sólo los que me parecen más relevantes:

  • El derecho a la libertad de expresión e información debe de estar garantizado por la legislación nacional (1). De modo que olvidemos eso de que la mejor “ley de prensa es la que no existe”. Eso no quiere decir que no exista un sistema de autorregulación en materias como el derecho de réplica (25). De modo que regulación y autorregulación son perfectamente compatibles.
  • Un síntoma de que ese derecho fundamental puede estar siendo limitado es la existencia de un alto número de litigios judiciales en torno a la información (1). Las sanciones penales que persiguen la propaganda del odio, la protección del orden público o la seguridad nacional tienen que ser proporcionadas (3). Funcionarios y autoridades no debieran de tener una protección penal más rigurosa que la de cualquier ciudadano (2).
  • Los medios tienen que ser independientes de sus propietarios y para ello se proponen códigos de conducta sobre la independencia editorial (13). Debe existir una legislación contra la concentración empresarial y a favor de la transparencia (18).
  • Los periodistas deben regirse por sus propios códigos deontológicos y declarar cualquier conflicto de intereses (26).

La Resolución invita a los parlamentos europeos a que hagan informe periódicos sobre la base de este catálogo de principios.  También exhorta a las empresas a que apliquen y desasrrollen estos principios.

El catálogo encuentra inspiración en el trabajo de la ONG Article 19, que se felicita de la Resolución. También Federación Europea de Periodistas aplude que el Consejo defienda la independencia del periodismo.

El problema es que muchos de estos indicadores tienen una ambigüedad esencial que es la que se considera imprescindible para el normal funcionamiento de una sociedad democrática. Creo que ningún país europeo cumple a satisfacción todos ellos. Por ejemplo, quien protege eficazmente en el terreno penal no tiene un sistema anticoncentración. O, como en el caso español, castiga más duramente las injurias o calumnias contra las altas autoridades. Sería útil que, con una base académica, estos principios se tradujeran en unos indicadores cuantitativos.

Estatuto de Información de RTVE

La Corporación RTVE va a dotarse en las próximas semanas de un nuevo instrumento para hacer real el pluralismo interno. Se trata del Estatuto de Información, pactado entre una Comisión Redactora, elegida por los trabajadores, y el Consejo de Administración. El texto fue acordado el pasado 28 de febrero (sin que RTVE apenas diera relieve informativo al hecho) y está ahora pendiente de ratificación en referendum y de su promulgación final por el Consejo de Administración. Como tampoco existe ningún enlace fuera de la intranet de la empresa, incluyo el TEXTO en la página de documentos de este blog.

Los estatutos de redacción nacen en los años 70 como una alternativa a las sociedades de redactores y con una misma finalidad: garantizar el pluralismo al interno de los medios. En Francia, por su peculiar historia, fue posible que en los 60 se constituyeran en el seno de determinados periódicos sociedades de periodistas que, a través de su participación colectiva en el capital societario, controlaran los principios fundacionales de estas publicaciones, en peligro en virtud de la mercantilización de las empresas y la consiguiente concentración. Las más importante ha sido la de Le Monde (véanse en este blog los comentarios Frágil acuerdo en Le Monde y La independencia de Le Monde). En España, pese a algún intento, la situación económica, política y jurídica hacía inviable la solución de la participación de los periodistas en el capital de la empresa. Surge, en cambio, de la mano de El País, la solución de los estatutos de redacción. Le seguirán luego El Mundo, otros diarios y casi todas las televisiones públicas autonómicas (excepto Telemadrid).

Los estatutos de redacción son mecanismos de autorregulación y participación interna. Suelen definir el marco de relaciones profesionales, desarrollando los deberes y derechos de los informadores, estableciendo un conjunto de normas de carácter deontológico (a veces también normas de estilo) y creando órganos de participación (consejos de redacción, comités profesionales). El elemento clave de ese sistema son esos consejos, entre cuyas competencias más importantes y frecuentes suelen estar dar su parecer no vinculante sobre el nombramiento del director de la publicación o de los servicios informativos, o manifestar su discrepancia con una posición editorial en las mismas páginas o programas de la empresa.

En RTVE venía reclamándose un estatuto desde 1981. A pesar de que en varias ocasiones se abrieron negociaciones, estos procesos no llegaron a nada. Una RTVE absolutamente gubernamentalizada no era el mejor contexto para estos instrumentos de participación y control. En cambio, las radiotelevisiones autonómicas, siguiendo el ejemplo de la Corporación Catalana de Radio y Televisión, se dieron (como digo, salvo Telemadrid, otro reducto de la gubernamentalización) estatutos de informativos. Los estatutos de las radiotelevisiones se centran en la regulación de los aspectos profesionales y amplían su ámbito subjetivo a un conjunto de categorías, como cámaras u operadores de vídeo, con funciones importantes en la conformación de la información audiovisual. Unos estatutos han funcionado mejor y otros (en aquellas empresas con mayor dependencia política) peor, hasta el punto de que en El Mundo o la radiotelevisión valenciana los consejos han dejado de elegirse. El último precedente antes del RTVE ha sido el estatuto de redacción de la agencia EFE, con un alto grado de desarrollo de los derechos profesionales y un Consejo de Redacción con importantes poderes.

La ley de la radio y la televisión de titularidad estatal define un nuevo marco al establecer dentro de su arquitectura institucional los consejos de informativos, a los que caracteriza como órganos de control interno destinados a garantizar la independencia profesional de los informadores y promover la independencia editorial de la Corporación (como garante de los principios del servicio público y entre ellos de los de veracidad y objetividad informativa).

La ley establece que la norma reguladora de estos consejos sea aprobada por el Consejo de Administración “con el acuerdo de los profesionales”. Esta exigencia determinó la elección por los trabajadores de una comisión redactora, que elaboró un texto, luego negociado y pactado con el Consejo de Administración y pendiente ahora de referendum.

Sintéticamente indico las novedades del Estatuto de Información de la Corporación RTVE:

  • Naturaleza de pacto interno
  • Sujeto amplio: los profesionales de la información audiovisual, todos los profesionales del periodismo, la imagen y el sonido que determinan los contenidos informativos
  • Amplio elenco de derechos, con novedades como el derecho a la libertad de creación y el derecho a una carrera profesional, que deberá ser tenida en cuenta a la hora de efectuar nombramientos o adscribir a los puestos de trabajo.
  • Código deontológico adaptado a la realidad presente de la información audiovisual
  • Consejos de informativos con importantes poderes, como dar su opinión sobre los nombramientos de los directores de informativos y comunicación previa de los nombramientos intermedios y de los cambios de organización informativa.
  • Recurso de amparo ante los consejos
  • Posibilidad de expresar una discrepancia editorial

En definitiva, el estatuto es un marco útil para garantizar tanto la independencia personal de los informadores, como la independencia editorial y el respeto de los principios de servicio público que inspiran a la radio y televisión públicas. Pero sólo es un marco, no una panacea. Como todos los derechos, éstos tienen que ser asumidos y ejercidos por sus titulares. Eso conlleva riesgos, pues por importantes que sean las garantías jurídicas siempre queda un terreno gris de discreccionalidad de la empresa. Y como a todas las instituciones, los consejos tienen que dar contenidos reales a sus funciones.

Llega, además, este Estatuto con 20 años de retraso. La generación que luchó por él fue barrida por el ERE. Hoy toca a los jóvenes generaciones aprovechar la conquista.

¿Tienen futuro los medios de comunicación?

Los medios de comunicación social han marcado las sociedades occidentales de los últimos 100 años. Caracterizados por una comunicación unilateral masiva se enfrentan al desafío  del ciberespacio y a las nuevas formas de comunicación interactiva, donde el público, las audiencias pasivas, se convierten  en individuos que alternativamente son emisores y receptores. Ante este este desafío, el futuro de los medios masivos tradicionales resulta incierto. Pero a veces, mirando al futuro que construimos cada día, se nos olvidan las realidades que están ahí, bien consolidades, pero con problemas añejos que nunca se afrontan.

Estos problemas reales, de presente y pasado, de los medios tradicionales fueron la referencia de la jornada “Presente y futuro de los medios de comunicación” organizada en Madrid el jueves 29 de noviembre por la Fundación Sindical de Estudios y la Agrupación de Periodistas de CC.OO. Una jornada con el formato clásico de tres mesas redondas con aportaciones de expertos, seguidas de debate.

La primera planteaba la pregunta ¿regulación o autorregulación?. Sobre las intervenciones flotaban dos grandes cuestiones: dar una respuesta a la televisión basura (de plena actualidad tras el asesinato de una mujer a la que se enfrentó con su novio, maltratador, en un programa) y el Estatuto del Periodista Profesional (propuesta del Foro de Organizaciones de Periodistas, asumido por Izquierda Unida-Los Verdes y varado sin remisión en el Congreso). En ninguno de los dos problemas se entró a fondo y esto dio un cierto tono de frustración a esta primera mesa. Hubo consenso en que la mejor solución era una combinación de regulación y autorregulación, aunque el acento de los participantes era bastante distinto. Por ejemplo, Fernando González Urbanjea, presidente de la Asociación de la Prensa de Madrid y de la Federación de Asociaciones de la Prensa (la voz profesional más crítica de la propuesta del Estatuto propuesto por el Foro), parecía más partidario de la autorregulación que de la regulación. Carmen Fernández Morillo aportó su experiencia como vocal del Consejo Audiovisual de Andalucía. Pese a la proliferación de normas sobre el sector audiovisual, el órgano andaluz no encuentra normas para sancionar conductas aberrantes como la emisión de pornografía en horario infantil por algunas televisiones locales.

La mesa sobre condiciones de trabajo y negociación colectiva volvió a presentarnos el conocido retrato de una profesión en condiciones precarias. Un dato novedoso: el sector en los últimos 5 años ha perdido 15.000 empleos, correspondiendo ligeramente más a hombres que mujeres los puestos desaparecidos. Aumentan los contratos temporales y aumentan los  free lance. En definitiva, más precariedad. Todo ello datos de la EPA. Y una experiencia moderadamente optimista: la participación sindical en el proceso de reconversión digital de la Corporación Catalana de Radio y Televisión, con aumento de empleo y la creación de nuevos productos y servicios audiovisuales.

En la mesa sobre el apagón digital y la TDT hubo consenso al considerar que había faltado osadía en la regulación de esta nueva forma de transmisión. La televisión digital lleva camino de repetir los mismos males de la televisión analógica. La mayor fragmentación de la audiencia no hará sino agravar la crisis del medio. Entre los participantes, unos se mostraban más optimistas y otros menos sobre las posiblidades de los neuvos servicios interactivos de la TDT.

(Ver resumen de la Jornada en Periodista.es)

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